Disposición adicional sexta. Tramitación por medios electrónicos en los procedimientos de selección y de provisión de puestos de trabajo.
Disposición adicional sexta del Decreto-ley 3/2021, de 12 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para ejecutar las actuaciones y los proyectos que deben financiarse con fondos europeos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. · BOE-A-2021-9286
Atención: Decreto-ley 3/2021 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En los procedimientos de selección y en los procedimientos ordinarios de provisión de puestos de trabajo de funcionarios tramitados por la Escuela Balear de Administración Pública que convoque la persona titular de la consejería competente en materia de función pública se puede prever que las personas que quieran participar estén obligadas a llevar a cabo determinados trámites por medios electrónicos.
Esta obligatoriedad debe establecerse en función del personal y del colectivo destinatario.
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