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Real Decreto Legislativo Derogada

Disposición adicional sexagésima sexta. Protección por desempleo de los liberados de prisión.

Disposición adicional sexagésima sexta del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. · BOE-A-1994-14960

Atención: Real Decreto Legislativo 1/1994 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los liberados de prisión que hubieran sido condenados por la comisión de los delitos relacionados en los párrafos a), b), c) o d) del apartado 2 del artículo 36 del Código Penal sólo podrán obtener el subsidio por desempleo previsto en los apartados 1.1. d) y 1.2 del artículo 215 de esta Ley cuando, además de reunir las condiciones establecidas en este último artículo, acrediten, mediante la oportuna certificación de la Administración penitenciaria, los siguientes extremos:

1. En el caso de los liberados de prisión condenados por los delitos contemplados en las letras a) o b) del apartado 2 del artículo 36 del Código Penal, que han cumplido los requisitos exigidos en el apartado seis del artículo 72 de la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria.

Téngase en cuenta que se declara inconstitucional y nulo el apartado 1 de esta disposición, añadida por la disposición final 4.8 de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, por Sentencia del TC 123/2016, de 23 de junio. Ref. BOE-A-2016-7300.

2. En el caso de los liberados de prisión condenados por los delitos contemplados en las letras c) o d) del apartado 2 del artículo 36 del Código Penal, que han satisfecho la responsabilidad civil derivada del delito, considerando a tales efectos la conducta efectivamente observada en orden a reparar el daño e indemnizar los perjuicios materiales y morales, y que han formulado una petición expresa de perdón a las víctimas de su delito.

Téngase en cuenta que se declara inconstitucional y nulo el apartado 1 de esta disposición, añadida por la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, por Sentencia del TC 123/2016, de 23 de junio. Ref. BOE-A-2016-7300.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-01-01.

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