Disposición adicional sexagésima novena. Financiación de los programas de desarrollo rural para el ejercicio 2008.
Disposición adicional sexagésima novena de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008. · BOE-A-2007-22295
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-01.
Texto consolidado
La Administración General del Estado garantiza, como mínimo, un nivel de inversión pública en los programas de desarrollo rural financiados por el FEADER para el año 2008 igual a la del ejercicio 2006. El nivel de inversión pública de referencia se tomará respecto al del año 2006 incrementado en el IPC de los años 2006 y 2007 del conjunto de los programas y planes de desarrollo rural que contienen medidas financiadas por la Unión Europea, incluida la iniciativa comunitaria LEADER.
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