Disposición adicional séptima. Actuaciones en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones.
Disposición adicional séptima del Real Decreto 501/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2024-10237
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-23.
Texto consolidado
En el ejercicio de las funciones de implementación y desarrollo de la política en materia de tecnologías de la información y comunicaciones en el ámbito sectorial del Departamento, la Subdirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones promoverá, en colaboración con las unidades competentes del Ministerio y de sus organismos adscritos, la consolidación de los recursos humanos, económico-presupuestarios, técnicos y materiales vinculados.
No obstante, la Gerencia de Informática de la Seguridad Social mantendrá su dependencia orgánica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, atendiendo a su régimen de competencia singular.
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