Disposición adicional octava. Delegados de Protección de Datos.
Disposición adicional octava del Real Decreto 501/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2024-10237
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-23.
Texto consolidado
Sin perjuicio de su integración orgánica en los centros directivos donde se encuentren destinados, los funcionarios designados como Delegados de Protección de Datos del Departamento y de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, quedan funcionalmente adscritos, en cuanto al ejercicio de las competencias que como tales tienen encomendadas, a la Subsecretaría del Departamento y a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, respectivamente.
Más artículos de Real Decreto 501/2024
- ← Disposición adicional séptima. Actuaciones en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones.
- → Disposición adicional novena. Adscripción de la Escala de Médicos Inspectores del Cuerpo de la Inspección Sanitaria d…
- Ver la norma completa: Real Decreto 501/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.