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Real Decreto Derogada

Disposición adicional séptima. Aceptación de documentos de otros Estados miembros a efectos de acreditación del cumplimiento de requisitos.

Disposición adicional septima del Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias. · BOE-A-2009-1964

Atención: Real Decreto 2060/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

A los efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos a las empresas instaladoras o reparadoras de equipos a presión, se aceptarán los documentos procedentes de otro Estado miembro de los que se desprenda que se cumplen tales requisitos, en los términos previstos en el artículo 17 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-05-23.

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