Disposición adicional séptima.
Disposición adicional séptima del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario. · BOE-A-1989-21967
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-09-10.
Texto consolidado
El complemento específico correspondiente a los Maestros de Taller y asimilados a que se refiere el artículo 3.° del presente Real Decreto, se fijará en lo sucesivo en idéntica cuantía a la que se establezca para los Maestros de Taller de Enseñanzas Medias.