Disposición adicional séptima. Bienes afectos a la Defensa Nacional.
Disposición adicional séptima de la Ley 9/2021, de 1 de julio, de declaración del Parque Nacional de la Sierra de las Nieves. · BOE-A-2021-10958
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-07-03.
Texto consolidado
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional undécima de la Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales, los bienes que se encuentren en el Parque Nacional de la Sierra de las Nieves o en su Zona Periférica de Protección y que estén afectados al Ministerio de Defensa o al uso de las Fuerzas Armadas y los puestos a disposición de los organismos públicos que dependan de aquel, están vinculados a los fines previstos en su legislación especial.
Los instrumentos de planificación derivados de esta ley, en tanto en cuanto afecten a los referidos bienes, deberán ser sometidos a informe preceptivo y vinculante del Ministerio de Defensa.