Disposición adicional séptima.
Disposición adicional séptima de la Ley 8/1995, de 6 de abril, de Accesibilidad y Supresión de Barreras Físicas y de la Comunicación. · BOE-A-1995-12103
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-05-14.
Texto consolidado
Reglamentariamente se determinará la forma en que se instituirán los premios generales para incentivar programas específicos de fomento de la accesibilidad a los que hace referencia el artículo 23 de esta Ley.