Disposición adicional séptima. Plan para la elaboración y registro del informe de evaluación del edificio.
Disposición adicional séptima de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2014-9625
Atención: Ley 5/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El plazo máximo para la elaboración y registro del informe de evaluación del edificio, en función del año de construcción del edificio será el siguiente:
Año de construcción del edificio
Plazo límite de presentación y registro del informe de evaluación del edificio
Anterior a 1901.
31 de diciembre de 2020.
De 1901 a 1950.
31 de diciembre de 2021.
De 1951 a 1971.
31 de diciembre de 2022
A partir de 1972.
31 de diciembre del año siguiente al año en que el edificio cumpla 50 años.
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