Disposición adicional séptima. Asunción por el Consejo Escolar de Aragón de las funciones de los actuales órganos consultivos y de participación en materia de enseñanza.
Disposición adicional séptima de la Ley 5/1998, de 14 de mayo, de los Consejos Escolares de Aragón. · BOE-A-1998-13296
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-05-23.
Texto consolidado
El Consejo Escolar de Aragón asumirá, desde el momento de su constitución, las funciones de los órganos colegiados consultivos y de participación de la Administración autonómica en materia de enseñanza no universitaria, existentes en el momento actual.