Disposición adicional séptima. Revalorización para el año 2007 de las prestaciones de Gran Invalidez del Régimen Especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.
Disposición adicional séptima de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007. · BOE-A-2006-22865
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-01-18.
Texto consolidado
Las prestaciones de gran invalidez destinadas a remunerar a la persona encargada de la asistencia al gran inválido, causadas hasta el 31 de diciembre de 2006 en el Régimen Especial de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, experimentaran con efectos de 1 de enero de 2007 un incremento del 2 por ciento, una vez adaptados sus importes a la desviación real del índice de precios al consumo (IPC) en el periodo noviembre del año 2005 a noviembre del año 2006.
Más artículos de Ley 42/2006
- ← Disposición adicional sexta. Pago de deudas con la Seguridad Social de instituciones sanitarias cuya titularidad oste…
- → Disposición adicional octava. Bonificación de cuotas de Seguridad Social respecto de los trabajadores contratados par…
- Ver la norma completa: Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007.