Disposición adicional séptima. Haciendas Locales.
Disposición adicional séptima de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social. · BOE-A-1994-28968
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-01-01.
Texto consolidado
Lo dispuesto en el apartado sexto del artículo 73 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, será de aplicación a los municipios en los que hayan entrado en vigor nuevos valores catastrales a partir del 1 de enero de 1994.