Disposición adicional séptima.
Disposición adicional séptima de la Ley 21/2006, de 15 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de juventud y ocio. · BOE-A-2007-1894
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-24.
Texto consolidado
El albergue juvenil de Sa Vinyeta, en Ciutadella de Menorca, se integrará a la red de instalaciones juveniles del Consejo de Menorca. Se establecerá un convenio entre el Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca, el Consejo de Menorca y el Gobierno de las Illes Balears, o cualquiera de los entes instrumentales de sus administraciones, que regulará las condiciones de cesión, uso, gestión y financiación de la instalación.
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- Ver la norma completa: Ley 21/2006, de 15 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de juventud y ocio.