Disposición adicional séptima. Puesta a disposición de la ciudadanía de nuevos canales, herramientas y medios técnicos para relacionarse con la Administración autonómica.
Disposición adicional séptima de la Ley 2/2026, de 28 de abril, de simplificación administrativa, mercado abierto y calidad normativa. · BOE-A-2026-10117
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-04-30.
Texto consolidado
La consejería competente en materia de atención a la ciudadanía, en coordinación con la competente en administración electrónica, podrá desarrollar y habilitar todos aquellos nuevos canales que permitan mejorar la atención e información administrativa a la ciudadanía y que se puedan implantar con nuevas herramientas tecnológicas. Asimismo, cuando tales herramientas y los medios disponibles lo permitan y la seguridad de la red corporativa quede garantizada, las oficinas de atención a la ciudadanía facilitarán los medios técnicos necesarios para que la ciudadanía pueda relacionarse digitalmente con la Administración autonómica, incluyendo la posibilidad de que puedan ser guiados por personal especializado.