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Ley Vigente

Disposición adicional séptima. Regulación del espigueo o rebusco.

Disposición adicional séptima de la Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario. · BOE-A-2025-6597

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-01-02.

Texto consolidado

Las comunidades autónomas podrán regular el espigueo o rebusco como actividad complementaria sin ánimo de lucro destinada a prevenir las pérdidas y el desperdicio alimentarios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-01-02.

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