Disposición adicional séptima. Ayudas por razones de doble y triple insularidad.
Disposición adicional séptima de la Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears. · BOE-A-2022-9385
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-18.
Texto consolidado
Teniendo en cuenta la doble insularidad que soporta el alumnado de Menorca e Ibiza y la triple insularidad que afecta al alumnado de Formentera, los consejos insulares respectivos podrán convocar ayudas complementarias y suplementarias para los gastos de transporte y desplazamientos. Estas ayudas serán compatibles con las ayudas autonómicas con el fin de hacer frente a los costes derivados de estas situaciones.