El Vínculo El Vínculo.
Resolución Vigente

Disposición adicional segunda. Ampliación del plazo de ejecución de programas y planes formativos.

Disposición adicional segunda de la Resolución de 15 de abril de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establecen, en su ámbito de gestión, medidas extraordinarias para hacer frente al impacto del COVID-19 en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral. · BOE-A-2020-4506

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-04-18.

Texto consolidado

1. Se amplía el plazo de ejecución de todos los programas y planes formativos financiados al amparo de las convocatorias indicadas en el anexo de esta resolución, por un tiempo equivalente al del periodo de vigencia del estado de alarma establecido por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, al que se añadirá un periodo adicional de seis meses.

La referida ampliación tendrá en cuenta, en cada caso, que el cómputo del plazo de ejecución se inicia desde la fecha de notificación a los beneficiarios de la resolución de concesión de la subvención.

2. Las entidades beneficiarias que estén llevando a cabo planes o programas de formación como consecuencia de la ejecución de resoluciones judiciales o administrativas distintas de las incluidas en el apartado anterior, podrán ampliar el periodo de ejecución de la formación por un número de días igual al que haya estado vigente el estado de alarma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-04-18.

Más artículos de BOE-A-2020-4506

En El Vínculo puedes leer BOE-A-2020-4506 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.