Disposición adicional segunda. Primera subasta de energía inframarginal gestionable y no emisora.
Disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 17/2021, de 14 de septiembre, de medidas urgentes para mitigar el impacto de la escalada de precios del gas natural en los mercados minoristas de gas y electricidad. · BOE-A-2021-14974
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-09-16.
Texto consolidado
De conformidad con las circunstancias del mercado, la primera subasta de contratos de compra de energía a plazo, a que se refiere el artículo, se celebrará antes del 31 de diciembre de 2021.
La cantidad total de energía anual a subastar en la primera subasta será de 15.830,08 GWh, con el siguiente reparto entre los sujetos vendedores establecidos en el apartado 6 del artículo 3:
– Grupo Endesa: 6.737,26 GWh.
– Grupo Iberdrola: 7.323,63 GWh.
– Grupo Naturgy: 1.405,48 GWh.
– Grupo EDP: 363,72 GWh.
Más artículos de Real Decreto-ley 17/2021
- ← Disposición adicional primera. Obligaciones de información relativas al mecanismo de minoración del exceso de retribu…
- → Disposición adicional tercera. Actualización de los cargos del sistema eléctrico.
- Ver la norma completa: Real Decreto-ley 17/2021, de 14 de septiembre, de medidas urgentes para mitigar el impacto de la escalada de precios del gas natural en los mercados minoristas de gas y electricidad.