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Real Decreto-ley Vigente

Disposición adicional segunda. Aplicación del permiso por asuntos particulares por antigüedad a la Administración General del Estado.

Disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 10/2015, de 11 de septiembre, por el que se conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito en el presupuesto del Estado y se adoptan otras medidas en materia de empleo público y de estímulo a la economía. · BOE-A-2015-9801

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-09-12.

Texto consolidado

El permiso a que hace referencia el artículo 2.Dos de este Real Decreto-ley será de aplicación en la Administración General del Estado, organismos y entidades vinculados o dependientes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-09-12.

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