Disposición adicional segunda. No incremento de gasto público.
Disposición adicional segunda del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. · BOE-A-2015-11722
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-31.
Texto consolidado
Las medidas contenidas en esta norma se atenderán con los medios personales y materiales existentes y, en ningún caso, podrán generar incremento de gasto público.
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