Disposición adicional segunda. No aumento del gasto público.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 91/2019, de 1 de marzo, por el que se regula la composición y funcionamiento del Consejo Asesor de Prevención y Lucha contra el Fraude a los intereses financieros de la Unión Europea. · BOE-A-2019-3908
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-20.
Texto consolidado
El funcionamiento del Consejo Asesor de prevención y lucha contra el fraude a los intereses financieros de la Unión Europea no supondrá aumento del gasto público, y será atendido con los medios personales y materiales asignados a la Intervención General de la Administración del Estado u otros medios que puedan ponerse a disposición del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude en el marco de actuaciones financiadas con cargo a fondos procedentes de la Unión Europea.
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