Disposición adicional segunda. Publicidad.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 687/2023, de 18 de julio, por el que se aprueba la revisión y actualización de los planes de gestión del riesgo de inundación de las cuencas internas de Andalucía: demarcaciones hidrográficas del Tinto, Odiel y Piedras; del Guadalete y Barbate; y de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas. · BOE-A-2023-16873
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-07-22.
Texto consolidado
Dado el carácter público del plan de gestión del riesgo de inundación, conforme a lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, el contenido íntegro de los Planes se encuentra publicado en la sede electrónica de la Junta de Andalucía (https://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/portal/areas-tematicas/agua/inundaciones/segundo-ciclo-2021-2027/proyectos-planes-gestion-riesgo) y resto de administraciones competentes, a los que se accederá desde, al menos, las del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (www.miteco.gob.es) y del Ministerio del Interior (http://www.interior.gob.es/).
Asimismo, se podrán obtener copias o certificados de los extremos del mismo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y acceder a su contenido en los términos previstos en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE) y la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Finalmente, de conformidad con el artículo 38.7 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, el órgano competente de la Administración de la Junta de Andalucía procederá, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de este real decreto, a la publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de la información adicional sobre integración y consideración de aspectos ambientales prevista en el mencionado artículo.
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