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Real Decreto Derogada

Disposición adicional segunda. Laboratorios de referencia.

Disposición adicional segunda del Real Decreto 640/2006, de 26 de mayo, por el que se regulan determinadas condiciones de aplicación de las disposiciones comunitarias en materia de higiene, de la producción y comercialización de los productos alimenticios. · BOE-A-2006-9300

Atención: Real Decreto 640/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Se mantendrán como laboratorios de referencia nacionales para el análisis de leche y productos lácteos el Centro Nacional de Alimentación, dependiente de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria, y el Laboratorio Agroalimentario de Santander, dependiente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-05-28.

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