Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 577/1982, de 17 de marzo, por el que se regulan la estructura y competencias del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. · BOE-A-1982-6639
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-04-11.
Texto consolidado
El patrimonio del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo queda inicialmente integrado por cuantos bienes estaban adscritos al Servicio Social de Higiene y Seguridad del Trabajo, en los términos previstos por la disposición adicional primera del Real Decreto-ley treinta y seis/mil novecientos setenta y ocho, de dieciséis de noviembre.