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Real Decreto Vigente

Disposición adicional segunda. Restricciones generales aplicables a la utilización de redes de arrastre y de redes fijas y de deriva.

Disposición adicional segunda del Real Decreto 502/2022, de 27 de junio, por el que se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales. · BOE-A-2022-10675

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-06-29.

Texto consolidado

Además de lo estipulado en este real decreto, de manera general el uso de redes de arrastre y de redes fijas y de deriva estará sujeto a las restricciones y condiciones de utilización establecidas en el Reglamento (UE) número 2019/1241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, o cualquier otro que lo sustituya.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-06-29.

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