Disposición adicional segunda. Remisión de documentos.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 5/1997, de 10 de enero, por el que se regula el subsidio por desempleo en favor de los trabajadores eventuales incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social. · BOE-A-1997-582
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-01-01.
Texto consolidado
Las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social del ámbito de aplicación de este subsidio remitirán a las correspondientes Direcciones Provinciales del Instituto Nacional de Empleo copia de los documentos de cotización por jornadas reales al Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, dentro de los primeros quince días del mes siguiente a aquel en el que corresponda realizar a los empleadores la liquidación de las cotizaciones por jornadas reales.
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