Disposición adicional segunda. Referencias a los órganos suprimidos.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 495/2010, de 30 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2010-7184
Atención: Real Decreto 495/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las referencias del ordenamiento jurídico a los órganos suprimidos por este real decreto, se entenderán realizadas a los que por esta misma norma se crean, los sustituyen o asumen sus competencias o, en su defecto, al órgano del que dependieran.
Más artículos de Real Decreto 495/2010
- ← Disposición adicional primera. Subsistencia de adscripciones y dependencias de organismos públicos.
- → Disposición adicional tercera. Excepción en los nombramientos de Directores Generales.
- Ver la norma completa: Real Decreto 495/2010, de 30 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.