Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 469/1987, de 3 de abril, por el que se articulan las competencias conjuntas atribuidas al Ministerio para las Administraciones Públicas y al Ministerio de Economía y Hacienda, en la Ley 21/1986, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1987. · BOE-A-1987-8814
Atención: Real Decreto 469/1987 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Todas las referencias a la Junta Central de Retribuciones contenidas en las normas dictadas para el cumplimiento de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, se entenderá que corresponden en lo sucesivo a la Comisión Interministerial de Retribuciones.
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