Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera del Real Decreto 469/1987, de 3 de abril, por el que se articulan las competencias conjuntas atribuidas al Ministerio para las Administraciones Públicas y al Ministerio de Economía y Hacienda, en la Ley 21/1986, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1987. · BOE-A-1987-8814
Atención: Real Decreto 469/1987 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Quedan suprimidos los siguientes Órganos colegiados:
– La Junta Central de Retribuciones.
– Las Juntas de Retribuciones de los Departamentos ministeriales.
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