Disposición adicional segunda. Adaptación de contratos.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 451/2012, de 5 de marzo, por el que se regula el régimen retributivo de los máximos responsables y directivos en el sector público empresarial y otras entidades. · BOE-A-2012-3164
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-03-07.
Texto consolidado
El contenido de los contratos celebrados, con los máximos responsables y personal directivo, con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, deberá ser adaptado a los términos establecidos en este real decreto antes del 13 de abril de 2012.
La adaptación no podrá producir ningún incremento retributivo para los máximos responsables o directivos, en relación a su situación anterior.
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