Disposición adicional segunda. Gasto público.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 1950/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Español de Oceanografía. · BOE-A-2000-21831
Atención: Real Decreto 1950/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La aplicación de las previsiones contenidas en el presente Real Decreto, así como la ejecución de las medidas organizativas que se deriven del mismo, no implicará aumento alguno de gasto público.