Disposición adicional segunda. Constitución efectiva.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 185/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal Antidopaje. · BOE-A-2008-2596
Atención: Real Decreto 185/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La constitución de la Agencia Estatal Antidopaje se producirá con la reunión constitutiva de su Consejo Rector, que tendrá lugar dentro del plazo de 60 días desde la entrada en vigor de este real decreto. A partir de aquel momento se realizarán las actuaciones necesarias para su puesta en funcionamiento.