Disposición adicional segunda. Centro Institucional en el Instituto de Estudios Fiscales.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. · BOE-A-2026-5715
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-03-13.
Texto consolidado
1. El Centro Institucional de la UNED en el Instituto de Estudios Fiscales tendrá el estatus jurídico y económico que se establezca a través de los convenios de colaboración que se suscriban entre ambas instituciones, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 153 de estos estatutos para la designación de la persona titular de la Dirección.
2. Su actividad principal será colaborar en la creación, gestión e impartición conjuntas de másteres universitarios oficiales, para cuyo diseño, planificación y programación se tendrán en cuenta las características del propio centro y de las materias sobre las que versen.
3. Asimismo, el Centro prestará apoyo tutorial en las titulaciones de grado que se establezcan, promocionará el desarrollo de los estudios de doctorado en las materias de interés común y desarrollará otras actividades de extensión universitaria.
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