Disposición adicional segunda. Acuerdos de la Comisión Interministerial de Retribuciones y de su Comisión Ejecutiva.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 1777/1994, de 5 de agosto, de adecuación de las normas reguladoras de los procedimientos de gestión de personal a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. · BOE-A-1994-19272
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-08-21.
Texto consolidado
1. Los acuerdos de la Comisión Interministerial de Retribuciones pondrán fin a la vía administrativa.
2. Los acuerdos de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones serán susceptibles de recurso ordinario ante esta última, de acuerdo con lo previsto en los artículos 114 al 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
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