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Real Decreto Vigente

Disposición adicional segunda. Confirmación de la información de la CIR-Local.

Disposición adicional segunda del Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las entidades locales. · BOE-A-2007-19069

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-11-04.

Texto consolidado

1. En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor del presente reglamento, las entidades locales deberán confirmar la información referida a las mismas contenida en la Central de Información de Riesgos de las Entidades Locales o, en su caso, efectuar la remisión inicial de la información que deba integrarla.

2. A 31 de diciembre del año de entrada en vigor del presente reglamento, el Ministerio de Economía y Hacienda elevará informe detallado de los incumplimientos producidos a la Comisión Nacional de Administración Local.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-11-04.

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