Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 1414/1981, de 3 de julio, por el que se reestructura el Instituto Social de la Marina. · BOE-A-1981-15822
Atención: Real Decreto 1414/1981 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se autoriza al Ministro de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social para acordar la integración en el Instituto Nacional de la Salud del personal sanitario y no sanitario que preste sus servicios en los establecimientos sanitarios del Instituto Social de la Marina, en los términos y condiciones que estime procedentes.