El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Derogada

Disposición adicional segunda. Supresión de organismo autónomo.

Disposición adicional segunda del Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo. · BOE-A-2007-20275

Atención: Real Decreto 1403/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

A partir de la constitución efectiva de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, quedará suprimido el organismo autónomo Agencia Española de Cooperación Internacional y los siguientes órganos: Secretaría general, Dirección general de cooperación con Iberoamérica, Dirección general de cooperación con África, Asia y Europa Oriental, Dirección general de relaciones culturales y científicas, Gabinete técnico, Subdirección general de cooperación multilateral y horizontal, Vicesecretaría general, Subdirección general de cooperación con México, América Central y el Caribe, Subdirección general de cooperación con los países de América del Sur, Subdirección general de cooperación con países del Mediterráneo y Europa Oriental, Subdirección general de cooperación con los países de África subsahariana y Asia, Subdirección general de cooperación y promoción cultural exterior y la Subdirección general de becas, lectorados e intercambios, así como la Subdirección General de Programas y Convenios Culturales y Científicos dependiente de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 41, de 16 de febrero de 2008. Ref. BOE-A-2008-2826.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-11-27.

Más artículos de Real Decreto 1403/2007

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1403/2007 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.