Disposición adicional segunda. Función de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual en materia de compensación equitativa por copia privada.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 1398/2018, de 23 de noviembre, por el que se desarrolla el artículo 25 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, en cuanto al sistema de compensación equitativa por copia privada. · BOE-A-2018-16903
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-02.
Texto consolidado
Las reuniones de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual cuyo objeto sea la emisión del informe preceptivo previsto en el artículo 25.4 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual tendrán como tales el mismo tratamiento que las reuniones de dicho órgano colegiado que tengan como objeto el ejercicio de su función de determinación de tarifas.
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