Disposición adicional segunda. Repercusión económica.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 1204/2003, de 19 de septiembre, por el que se crea la Comisión Interministerial de Investigación Pesquera. · BOE-A-2003-18096
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-10-01.
Texto consolidado
La creación y funcionamiento de la comisión interministerial no supondrá incremento del gasto público, y su funcionamiento será atendido con los recursos humanos y materiales existentes en los Ministerios de Ciencia y Tecnología y de Agricultura, Pesca y Alimentación.