Disposición adicional segunda. Transferencia del personal integrado.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 1203/1999, de 9 de julio, por el que se integran en el Cuerpo de Maestros a los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Profesores de Educación General Básica de Instituciones Penitenciarias y se disponen normas de funcionamiento de las unidades educativas de los establecimientos penitenciarios. · BOE-A-1999-15848
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-07-21.
Texto consolidado
Mediante Acuerdos de las Comisiones Mixtas de traspaso de funciones y servicios, aprobadas por los correspondientes Reales Decretos a propuesta del Ministerio de Administraciones Públicas, los funcionarios que se integran en el Cuerpo de Maestros pasarán a depender de la Administración educativa en cuyo ámbito territorial se halle situado el establecimiento penitenciario en el que presten servicio.
Lo dispuesto en el párrafo anterior no será de aplicación en aquellas Comunidades Autónomas que ejerzan competencias de ejecución de la legislación penitenciaria estatal.
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