Disposición adicional segunda. Evaluación del procedimiento de sustitución.
Disposición adicional segunda de la Orden TED/1122/2026, de 23 de octubre, por la que se aprueba el plan de implantación de contadores inteligentes en la red de gas natural y se establecen las especificaciones mínimas a cumplir por estos equipos. · BOE-A-2026-22515
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-10-28.
Texto consolidado
A los tres años de la entrada en vigor de la orden, la Dirección General de Política Energética y Minas realizará un informe de evaluación sobre el grado de ejecución del despliegue de contadores inteligentes y módulos de telemedida, con base en los informes remitidos anualmente por los titulares de red. Se habilita al titular de la citada Dirección General a solicitar a los titulares de red y comercializadores de gas natural información adicional necesaria para la realización de la evaluación.
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