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Orden Vigente

Disposición adicional segunda.

Disposición adicional segunda de la Orden TAS/470/2004, de 19 de febrero, por la que se desarrolla el Real Decreto 1506/2003, de 28 de noviembre, por el que se establecen las directrices sobre los certificados de profesionalidad. · BOE-A-2004-3629

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-02-28.

Texto consolidado

En los supuestos regulados en la disposición transitoria primera del Real Decreto 1506/2003, de 28 de noviembre, por el que se establecen las directrices de los certificados de profesionalidad, la solicitud del certificado de profesionalidad se ajustará a lo establecido en el anexo VII de la presente Orden Ministerial.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-02-28.

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