Disposición adicional segunda. Estatutos generales.
Disposición adicional segunda de la Orden SCO/2088/2006, de 15 de junio, por la que se publican los Estatutos provisionales del Consejo General de Colegios de Logopedas. · BOE-A-2006-11779
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-07-01.
Texto consolidado
Según dispone la Ley 1/2003, de 10 de marzo, en el plazo de un año desde su constitución, el Consejo General de Colegios de Logopedas elaborará los Estatutos generales según lo previsto en el artículo 6.2 de la Ley sobre Colegios Profesionales, que serán sometidos a la aprobación del Gobierno, a través del Ministerio de Sanidad y Consumo.