Disposición adicional segunda. Extinción de los registros ministeriales existentes.
Disposición adicional segunda de la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal. · BOE-A-2015-13004
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-12-02.
Texto consolidado
En virtud de lo establecido en la disposición transitoria primera del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, los registros ministeriales de fundaciones actualmente existentes quedarán extinguidos a partir de la entrada en funcionamiento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal.
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