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Orden Vigente

Disposición adicional primera. No incremento de gasto público.

Disposición adicional primera de la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal. · BOE-A-2015-13004

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-12-02.

Texto consolidado

Las medidas contenidas en esta orden se atenderán con los medios personales y materiales existentes que hasta el momento realizaban tareas de registro de fundaciones de competencia estatal en los departamentos ministeriales, y que se incorporarán al Ministerio de Justicia, de acuerdo con lo contemplado en la disposición final segunda del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal. En ningún caso podrán generar incremento de gasto público.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-12-02.

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