Disposición adicional segunda. Costes de operación y mantenimiento de almacenamientos subterráneos en operación a la entrada en vigor de la Orden.
Disposición adicional segunda de la Orden ITC/3995/2006, de 29 de diciembre, por la que se establece la retribución de los almacenamientos subterráneos de gas natural incluidos en la red básica. · BOE-A-2006-22967
Atención: Orden ITC/3995/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
(Suprimida)
Se suprime por la disposición final 1.3 de la Orden ITC/3128/2011, de 17 de noviembre. Ref. BOE-A-2011-18065., en la redacción dada por la disposición final 2.4 de la Orden ITC/1890/2010, de 13 de julio. Ref. BOE-A-2010-11181.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio Orden ITC/3128/2011, de 17 de noviembre, por la que se regulan determinados aspectos relacionados con el acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas..
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