Disposición adicional segunda. Normativa de aplicación en materia de seguridad privada.
Disposición adicional segunda de la Orden INT/2850/2011, de 11 de octubre, por la que se regula el reconocimiento de las cualificaciones profesionales para el ejercicio de las profesiones y actividades relativas al sector de seguridad privada a los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea. · BOE-A-2011-16595
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-10-23.
Texto consolidado
En todo lo referente a las funciones que podrán desempeñar en España las personas que hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en materia de seguridad privada, así como a sus deberes y responsabilidades, les será de aplicación lo recogido a tal fin en la Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada, y en su normativa de desarrollo.
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