Disposición adicional segunda. Lenguaje no sexista.
Disposición adicional segunda de la Orden INT/25/2026, de 19 de enero, por la que se regula la habilitación de instructor de tiro del personal de seguridad privada. · BOE-A-2026-1681
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-09-01.
Texto consolidado
De conformidad con el artículo 14.11 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, todas las denominaciones que, en virtud del principio de economía del lenguaje, se hagan en género masculino inclusivo en esta orden y referidas a titulares o miembros de órganos o a colectivos de personas, se entenderán realizadas, tanto en género femenino, como en masculino.
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