El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Disposición adicional segunda. Enseñanzas del sistema educativo español impartidas en lenguas extranjeras.

Disposición adicional segunda de la Orden EFP/678/2022, de 15 de julio, por la que se establece el currículo y se regula la ordenación de la Educación Primaria en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional. · BOE-A-2022-12066

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-22.

Texto consolidado

1. El Ministerio de Educación y Formación Profesional establecerá el cauce necesario para autorizar a los centros a que una parte de las áreas del currículo se impartan en lenguas extranjeras, sin que ello suponga modificación de los aspectos básicos del currículo regulado en esta orden. En este caso, procurarán que a lo largo de la etapa los alumnos y alumnas adquieran la terminología propia de las áreas en castellano y en la lengua extranjera.

2. Los centros que impartan una parte de las áreas del currículo en lenguas extranjeras aplicarán, en todo caso, los criterios para la admisión del alumnado establecidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. Entre tales criterios no se incluirán requisitos lingüísticos.

Redactado el apartado 1 conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 176, de 23 de julio de 2022. Ref. BOE-A-2022-12256

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-07-22.

Más artículos de Orden EFP/678/2022

En El Vínculo puedes leer Orden EFP/678/2022 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.